Seniat reforma normativa del RIF en Venezuela

30 de agosto de 2026 · Fuente: LaPatilla.com

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) formalizó una reforma significativa a la normativa del Registro Único de Información Fiscal (RIF), publicada en la Gaceta Oficial Nº 43.435 el 12 de agosto de 2026. Esta modificación actualiza los procedimientos relacionados con la inscripción, modificación de datos y la emisión del comprobante digital para los sujetos pasivos inscritos. Toda inscripción y actualización deberá realizarse exclusivamente mediante los medios electrónicos del organismo.

La reforma del RIF estipula que deben inscribirse las personas naturales y jurídicas pasivas de tributos administrados por el Seniat, así como los no residentes que realicen actividades económicas o posean bienes en Venezuela. Excepciones incluyen a extranjeros con visa de turista o transeúnte temporal y menores de edad sin bienes o actividades económicas. Además, se establecen 30 días hábiles desde la constitución o inicio de actividades para la inscripción.

Uno de los cambios destacados es la consolidación del comprobante digital del RIF, haciéndolo permanente y verificable en línea. La normativa también amplía las obligaciones de uso del número de RIF en documentos fiscales, comerciales y publicidad, fortaleciendo el control electrónico y la actualización de datos cuando ocurran cambios relevantes.

Leer el original

Quién aparece

Economía

Más sobre esto